La misión del asistente en la dispensación es suministrar los medicamentos al paciente de manera profesional y de acuerdo con lo que marca la receta médica, o en su caso, dispensar lo solicitado por el consumidor o usuario que no requiera de receta, aplicando la legislación sanitaria vigente y proporcionando la información indispensable del insumo adquirido.
El proceso de dispensación es el suministro o la entrega de uno o más insumos para la salud en las condiciones óptimas procurando la protección del paciente frente a la posible aparición de problemas relacionados con los medicamentos.
Las farmacias que vendan, suministren o dispensen medicamentos y demás insumos para la salud, sólo podrán surtir las recetas médicas que cumplan con las siguientes condiciones reglamentarias:
- La receta tiene que contener los siguientes elementos: Datos del médico (nombre, número de cédula profesional, si cuenta con especialidad la cédula respectiva de esta, nombre de la institución que emitió su título, domicilio y número telefónico del médico. La receta se completa con la firma autógrafa) fecha, nombre y edad del paciente, denominación genérica y en su caso denominación distintiva, frecuencia y duración del tratamiento e instrucciones para el paciente.
No se deben de resurtir medicamentos sin tener la seguridad de que el médico lo ha indicado.
Además, debes tomar en cuenta otras especificaciones para realizar la actividad de venta o suministro de medicamentos y demás insumos para la salud.
Uno de ellos es el espacio que la autoridad describe para llevar a cabo esta tarea. Como está marcado en la sexta edición del Suplemento dedicado a la venta y suministro de medicamentos y demás insumos para la salud, tu farmacia debe de contar con áreas identificadas y rotuladas de recepción, almacenamiento, atención al público y entrega de medicamentos y demás insumos para la salud, entre otras cosas.
En otras palabras deberás rotular el área donde entregarás los medicamentos, y tendrás que mantener despejadas estas áreas de comida, libros, adornos, artículos personales y cualquier otro artículo que no sea algún medicamento o un insumo para la salud.
El Suplemento indica que una de las actividades indebidas es proporcionar información farmacológica al paciente por personal que no sea profesional farmacéutico titulado y con cédula profesional, por lo que si tu dispensador no cuenta con estas acreditaciones, deberás poner énfasis en prohibir este tipo de acciones.
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